PROCEDIMIENTO PASO A PASO DE SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO ART 36 – SUNAT

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R. Superintendencia Nº 042-2016
Modifican el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda Tributaria por Tributos Internos y la Resolución de Superintendencia N.° 190-2015/SUNAT
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   1.- ALCANCES E INFORMACIÓN.

ALCANCES:

  • Para pagar «Cuota de Acogimiento» es obligatorio generar NPS y realizar el pago el mismo día que solicitamos.
  • Si la forma de pago seleccionado es «Aplazamiento con Fraccionamiento» ya no existe la obligación de pagar el mismo día, pero sigue siendo obligatorio generar NPS.
  • Es posible desistir la solicitud, accediendo a nuestra clave sol, consulta del estado de la solicitud.
  • Después de aprobado nuestra solicitud de fracc. podemos realizar el pago de las cuotas; directamente en ventanilla de banco (Guía Pagos Varios), por SOL generando NPS o utilizando algún medio de pago por internet (VISA, Cuenta de Detracción o Cuenta afiliada).
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CUOTA DEL ACOGIMIENTO (FUENTE: SUNAT)

La cuota de acogimiento se determina en función al monto y plazo de la deuda a fraccionar y/o aplazar. No puede ser menor al 5% de la UIT.

Debe cancelarse en un banco autorizado a la fecha de presentación de la solicitud o hasta la fecha de vencimiento de pago de los intereses del fraccionamiento tratándose de solicitudes de fraccionamiento, o de aplazamiento y fraccionamiento respectivamente.

Importante: Antes de retirarse de la ventanilla del banco verifique que el voucher de pago indique «1663» en la parte superior.

NO SE REQUIERE CUOTA DE ACOGIMIENTO CUANDO:
 Solicitudes de aplazamiento
 Si tienen la condición de Buen Contribuyente a la fecha de presentación de la solicitud
 Cuando el plazo y el monto de la deuda es menor o igual a 12 meses y menor o igual a ( 3) UIT, respectivamente.
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PAGO DE CUOTA DE ACOGIMIENTO AL FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO CON FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA POR TRIBUTOS INTERNOS

A partir del 01/02/2019 el pago de la cuota de acogimiento al fraccionamiento o Fraccionamiento con aplazamiento, luego de presentado el formulario virtual N° 687, Solicitud de Aplazamiento y/o Fraccionamiento con aplazamiento de la deuda tributaria Art. 36° se puede efectuar mediante:

  • NPS
  • Formulario 1662-SISTEMA PAGO PAGO FÁCIL
Formulario 1662 Boleta de Pago – Número de Registro Único de Contribuyentes – RUC.
– Periodo Tributario.
– Código de tributo o concepto a pagar.
– Importe a pagar.
– Número de solicitud de fraccionamiento, para la cancelación de la cuota de acogimiento.
– Número de Resolución de Intendencia, sólo tratándose de pagos respecto de aplazamientos y/o fraccionamientos
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   2 – PROCEDIMIENTO – SOLICITAR FRACCIONAMIENTO ART. 36

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  • Ingresamos a “Sunat Operaciones en linea”, opción «Trámites y Consultas» y nuestra Clave SOL.

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Ingresamos a «Personas» o «Empresas» >> «Mi Fraccionamiento» >> «Solicito fraccionamiento art.36» >> «Fracc Art 36» >> …

Para iniciar empezaremos en orden, según las opciones que se muestra, es decir, iniciamos dando click en «Precalificación».

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PRECALIFICACIÓN (OPCIONAL).

  • Como indica el nombre, es un «PRE», esta opción es para saber si calificamos o no para solicitar el fraccionamiento.

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  • Seleccionar Entidad y luego daremos click en «Consultar».

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  • El resultado es de inmediato, nos muestra un listado de datos que debemos cumplir, para seguir con la solicitud es necesario que todos los items, muestren «SI» en la columna «Cumple».

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SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO

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PASO 1 :  GENERACIÓN DE PEDIDO DE DEUDA – F36.

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Seleccionar entidad y dar click en «Enviar Solicitud».

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Se genera el número de pedido.

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PASO 2 : Formulario virtual, «Form. Virtual 687 Sol. Fracc. Art 36 CT»

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  • Daremos click en «Elaborar Solicitud» (puede demorar algunos minutos en aparecer esta opción).
  • Aquí también se puede «Anular» un pedido, para solicitar otro (caso el pedido no sea del día) 

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  • Mensaje Informativo.

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Visualizamos el Formulario Virtual F36 (Antes PDT), con sus opciones.

  • “Valores” y “Deudas Autoliquidadas”: deudas detectadas por sunat, se cargan automáticamente con el archivo personalizado.
  • “Otras Deudas”: Si el Archivo personalizado no carga nuestra deuda, tenemos la posibilidad de ingresarlo a través de esta opción, donde manualmente ingresamos los datos de la deuda. 

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OBS: En caso cargue las deudas automáticamente solo es necesario seleccionar la deuda, en caso no estemos deacuerdo con la deuda podemos «editar» y modificar los datos de la deuda.

  • Para el ejemplo, ingresaremos en «Otras Deudas» y daremos click en «Nuevo».

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Ingresamos el tipo de Deuda.

  • VALOR : Cuando sunat nos emitió alguna orden de pago o resolución.
  • DEUDA AUTOLIQUIDADA: Por las DDJJ que presentamos, y antes que nos emitan valor.
  • INFRACCIÓN: multas o sanciones.

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  • Como ejemplo, estoy colocando datos de DJ anual 2015, dependiendo que deuda desean, deberán llenar los datos correspondientes.

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  • Mensaje de registro, click «Aceptar»

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  • Si tenemos otra deuda, ingresamos nuevamente los datos, si ya terminaron de indicar todas las deudas, daremos click en «Salir»

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  • Como vemos la deuda queda registrada, tendremos las opciones para agregar (nuevo), modificar o eliminar.

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  • Para terminar, debemos completar la Modalidad de Pago, y la cantidad de cuotas y/o meses de aplazamiento que deseamos.

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  • CUOTA DE ACOGIMIENTO: Se determina en función al monto y plazos que se solicita fraccionar y aplazar.
  • Para pagar la cuota de acogimiento necesariamente se tiene que GENERAR NPS (Número de pago Sunat)
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Para generar la solicitud, daremos click en orden, «Validar», «Grabar» y «Generar Solicitud».

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Finalmente se debe confirmar la presentación de la solicitud, para ello ingresamos a la opción «Confirmación y constancia».

y debemos obtener la CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN.

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Para saber en que paso estamos (o nos quedamos) podemos utilizar la opción «Consulta del estado de la solicitud».

Fraccionamiento-ART36-Consultar-Estado

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   3.- GENERAR NPS – CUOTAS NORMALES Y DE ACOGIMIENTO.

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Aplica para Generar Cuota de acogimiento (cuota Inicial), y posteriormente las cuotas de pagos normales.

  • Ingresamos a «Mis Declaraciones y Pagos».

sol_acceso_declaracion_pago

  • Luego de ingresar con la Clave SOL, damos click en «Pago de Fraccionamiento».

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  • La cuota aparece automáticamente, si es una solicitud de fraccionamiento aprobado mostrara la cuota aprobada según resolución, en caso sea la cuota de acogimiento aparecerá (1/1), solo debemos seleccionar y verificar Monto a Pagar.
  • Finalmente «Agregar a BANDEJA».

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  • EN BANDEJA: Daremos click en «Presentar/Pagar/NPS».

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  • Finalmente debemos seleccionar NPS, para generar el Número.

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IMPORTANTE:

  • Para CUOTA DE ACOGIMIENTO es obligatorio generar NPS, solo es valido mediante ese medio de pago.
  • Para CUOTAS (normal), no es obligatorio generar NPS,  puede  utilizarse cualquier medio de pago (NPS, Visa, detracción, etc.).
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😀 { SunatiN } 🙂

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«TODOS TUS SUEÑOS SE PUEDEN HACER REALIDAD, SI TIENES EL CORAJE DE PERSEGUIRLOS.»
WALT DISNEY. (productor, director, guionista y animador).

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51 comentarios sobre “PROCEDIMIENTO PASO A PASO DE SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO ART 36 – SUNAT

    1. Buen día, si le muestra cuota de acogimiento y al tratar de generar el NPS le muestra error, seria un problema del sistema SUNAT (o su navegador), se recomienda limpiar temporales o cambiar de navegador, de persistir comunicarse con SUNAT.
      Si no le muestra cuota de acogimiento, hay que recordar que por normativa…
      No se exige: (cuota de acogimiento)
      d.1) Para la presentación de las solicitudes de aplazamiento.
      d.2) Cuando a la fecha de presentación de las solicitudes de fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento, el deudor tributario tenga la calidad de buen contribuyente.
      d.3) Cuando el plazo y el monto de la deuda que se solicita fraccionar o aplazar y fraccionar es menor o igual a doce (12) meses y menor o igual a tres (3) UIT, respectivamente.

      Saludos.

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    1. SI, NO SE PUEDE PAGAR AL DÍA SIGUIENTE PORQUE LA CUOTA DE ACOGIMIENTO SE PAGA EL MISMO DIA QUE GENERAS LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO. EN TODO CASO NO PAGUES Y AL DIA SIGUIENTE VUELVE A GENERAR LA SOLICITUD Y PAGAS LA CUOTA DE ACOGMIENTO

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  1. CONSULTA: Si la Cuota de Acogimiento e Interés de Aplazamiento ya se pago con el formulario 1662, que sucede? y como se podría corregir?

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    1. Buen día, si el mismo día del pago, consultar con mismo banco para el cambio (corregir el pago), si es posterior le recomendaría comunicarse con la misma SUNAT (central de consultas), pues corre el riesgo que no se le reconozca el pago para el acogimiento, sino como pago directo a deuda. saludos

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  2. Buen día, quisiera saber al momento de fraccionar nos dan una fechas para pagar lo fraccionado quisiera saber si no pagamos en esa fecha correspondiente hasta cuántos días mas podemos pagar

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    1. Buen día, no hay periodo de gracia (o plazo adicional), pasado el vencimiento correrá interés, y posterior perdida del fraccionamiento (si es Fraccionamiento a la segunda cuota vencida perderá el fracc. y si es Re-financiamiento al primer vencimiento perdería), con lo cual deberá pagar el total.

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    1. Buen día, de acuerdo a información brindada por SUNAT.
      «El pago con NPS lo puedes realizar en efectivo o con cheque en las ventanillas de los siguientes bancos: Scotiabank, Interbank, BCP, BBVA Continental, BanBif y Nación.»
      Cheque a nombre de SUNAT/….(nombre del banco donde se efectúe el pago).
      de acuerdo a la Resolución de Superintendencia Nro 100-97
      saludos.

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  3. para iniciar mi fraccionamiento,
    como pago ese cuota de acogimiento por el banco, los codigos , se puede utilizar guia de pagos varios ?

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    1. Buen día, la cuota de acogimiento se paga con NPS (Form. 1663), el número NPS lo genera con su clave sol, en procedimiento que publico (ARRIBA), «2 – GENERAR NPS», explico como generar el NPS para pago de acogimiento.

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  4. Hola por error he pagado varias cuotas de mi fraccionamiento 2014 con un codigo que no corresponde
    DICE: 7205
    DEBE DECIR:8021
    Además el periodo
    DICE . 12/2016
    DEBE SER: 13/2014

    Que debo hacer?

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  5. Y si la deuda es mayor a 3 UIT y el plazo es mayor a los 12 meses, ¿cuántos días está demorando la SUNAT en aprobar el fraccionamiento? Entiendo que en este caso no serían 5 días hábiles sino más. También entiendo que el plazo máximo de ley son 30 días hábiles (ya no 45), pero ¿cuánto demoran normalmente?

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  6. estoy tratando de acogerme al fraccionamiento, y me sale periodo no es valido, mi fecha de declaración de renta de cuarta es hoy, 28.03.2017, que debo hacer??

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    1. Buen día, para fraccionar renta anual (periodo 13/2016) dependerá del día que declaraste, según norma indica lo siguiente:
      Para renta 1ra, 2da, Trabajo, debes fraccionar al momento de declarar (te aparece un enlace), si no solicitaste en ese momento, debes esperar 5 d.h. para poder solicitar el fraccionamiento.
      FUENTE:
      http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/fraccionamiento-y-o-aplazamiento-personas/fraccionamiento-y-o-aplazamiento/6737-03-medio-para-solicitar-el-fraccionamiento

      saludos.

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  7. Hola quiero presentar el formulario, ayer si la visualizaba, pero hoy no se muestra en pantalla la que presente, la ingreso por otras deudas y me sale error del periodo 13/2016.. gracias

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    1. Buen día, para fraccionar renta anual dependerá del día que declaraste, según norma indica lo siguiente:
      Para renta 1ra, 2da, Trabajo, debes fraccionar al momento de declarar (te aparece un enlace), si no solicitaste en ese momento, debes esperar 5 d.h. para poder solicitar el fraccionamiento.
      Si es por rentas Empresariales pueden solicitar a partir del primer día hábil de mayo.
      FUENTE:
      http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/fraccionamiento-y-o-aplazamiento-personas/fraccionamiento-y-o-aplazamiento/6737-03-medio-para-solicitar-el-fraccionamiento

      saludos.

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  8. Buenas,
    Me acogí a Aplazamiento con Fraccionamiento y quiero pagar la cuota de acogimiento, pero al iingresar a Declaración y Pago, no me aparece la opción de pago de ese concepto. Pregunto: ¿al ser aplazamiento el pago de la cuota de acogimiento se posterga?
    Gracias por su orientación,

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    1. Buen día,
      efectivamente, al indicar que deseas aplazamiento (con fracc.) ya no existe la obligación de pagar la cuota de acogimiento el mismo día de la solicitud, consulta mañana o pasado mañana en declaración y pago, de acuerdo a lo que indica SUNAT, igual debe aparecer tu cuota de acogimiento solo que puede demorar algunos días.
      saludos.

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  9. diganme y si en precalificaicon aparece la cuenta de detraccion evaluacion puedo proseguir con el fraccionamiento o espero que diga si cumple claro que en mi cuenta solo hay 0.56 centimos el dia de ayer a las 5 pm lo baje la cuenta normal continuo

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    1. Buen día,
      De recomendación esperar que diga si cumple, en todo caso puedes presentar el día de mañana, SUNAT indica que los saldos leídos son al día anterior, si al día de mañana sigue saliendo que no cumple, ahí si continua y al final indicas sustento que cuentas con 0.56 céntimos de saldo desde tal fecha.
      saludos.

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    1. Buen día, la cuota de acogimiento solo es valida para pagar el mismo día, en caso solicitaste solo fraccionamiento, caso contrario debes esperar la rs denegatoria y volver a solicitar.
      si aun no llega la denegatoria(buzón sol), puedes «Desistir» por la opción «Mi Fraccionamiento->solic. fracc. art 36->confirmación y constancia», y comúnmente a los 2 días ya podrás presentar nueva solicitud(también te llega rs a buzón sol).}
      saludos.

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    1. Buen día,
      El plazo por norma sigue siendo 45 d.h. como máximo, para tu caso «podría» resolverse dentro de los 5 d.h.
      Según una publicación de SUNAT, una de las mejoras indica expresamente, «Más del 80% de los fraccionamientos se resolverán dentro de los 5 primeros días hábiles…», es decir los 5 d.h. es un tiempo operativo, teniendo en cuenta que habrá casos (menos del 20%) que puede demorar mas de los 5 d.h.

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    1. Buen día,
      El plazo «máximo» es 45 días Hábiles de acuerdo al código tributario, la nueva normativa lo que busca es optimizar todo el proceso, según indica SUNAT, con la nueva norma la respuesta puede ser dentro de los 5 días (por deudas de hasta 3UIT y plazo no mayor a 12 meses).
      saludos.

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    1. Buen día, el cronograma te llega junto con la resolución donde aprueban tu solicitud de fraccionamiento (Buzón SOL), los pagos los puedes realizar a través de declaración y pago (web de la SUNAT), o puedes acercarte a ventanilla de banco con tu guía de pagos varios (llenado los datos y ademas indicando el Nro. de resolución que aprueba tu fraccionamiento).
      También puedes generar NPS (web de SUNAT), y con el número generado puedes pagar en:
      ◦Agentes BCP
      ◦Agentes Interbank
      ◦Agentes MultiRed del Banco de la Nación
      ◦Portales web bancarios de BCP y Scotiabank

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