SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE RETENCIONES – FORMULARIO VIRTUAL N° 1609

A partir del 26 de Noviembre 2019, se muestra nueva página principal de SUNAT, para ver la anterior, dar click en «Portal anterior».

Pagina-Principal-SUNAT-gob-pe

o ingresar a la dirección: http://www.sunat.gob.pe/portalanterior.html

(( SunatiN ))

Para acceder al formulario existen 2 formas, se indica a continuación.

(( SunatiN ))

ACCESO 1.

FORMULARIO 1609 – SUNAT OPERACIONES EN LINEA

(( SunatiN ))

2018_Accesos_TyC

acceso-sol-sunat

(( SunatiN ))
  • Luego de acceder con la clave Sol, accederemos a la siguiente ruta.{SunatiN}

Nuevo_sol_acceso_1609

SunatiN

O

(( SunatiN ))

ACCESO 2

FORMULARIO 1609 – MIS ACCESOS DIRECTOS – PAGINA PRINCIPAL

(( SunatiN ))

mis-accesos-directos

directo-1609

directo-1609-2

(( SunatiN ))
(( SunatiN ))
  • Para ambos accesos indicados (anterior), es necesario nuestra Clave SOL.
  • El sistema le solicitará la siguiente información.
Fecha en que comienza a percibir ingresos por rentas de cuarta (día/mes/año)

 

Consignar la fecha en que percibió sus primeros ingresos por rentas de cuarta categoría.

En caso aún no perciba ingresos de cuarta categoría, consigne la fecha en que espera obtenerlos (actual o futuro).

La fecha no puede ser mayor al 31 de diciembre del año en que presenta la solicitud (año actual).

(( SunatiN ))

Se presentan 2 CASOS.

(( SunatiN ))

CASO 1:
PERCIBIMOS INGRESOS DESDE AÑOS ANTERIORES – (Ej. 2009.)

SunatiN

2017_suspension_1609_02_caso1

  • Ingresos brutos: el dato a consignar será la suma de sus ingresos brutos por renta de cuarta categoría(recibos por honorarios) y renta de 5ta Cat. (planilla) obtenidos de acuerdo al rango de fechas que indica el sistema (resaltado en amarillo).{SunatiN}
  • El rango de fechas dependerá del mes en que solicitan la suspensión.{SunatiN}
  • Los datos podrán ser mayor o igual a cero (para el ejemplo coloco S/ 12000.00 soles, que es la suma de ingresos por mis recibos por honorarios y S/ 3000.00 soles por 3 meses que trabaje en una empresa en planilla).{SunatiN}
  • En caso no tener ingresos colocar  solo cero ( 0 ).{SunatiN}
(( SunatiN ))

2017_suspension_1609_03_caso1

(( SunatiN ))

CASO 2:
AUN NO PERCIBIMOS INGRESOS O RECIÉN SACAMOS RUC

  • Colocamos la fecha actual, recordar que podemos colocar fecha futuro siempre que no pase del 31 dic.{SunatiN}
SunatiN

2017_suspension_1609_04

(( SunatiN ))
  • Proyecte sus ingresos de Cuarta Categoría (Recibos por Honorarios) y 5ta Cat. (Planilla) para el ejercicio(año) actual.{SunatiN}
  • No necesariamente debe ser exacto, solo proyectaremos a nuestro criterio, cuanto aproximadamente tendré como ingresos en el año.{SunatiN}
  • El monto ingresado debe ser mayor o igual que cero.{SunatiN}
  • EJEMPLO: Yo proyecto percibir por recibos por honorarios ( trabajo independiente) un aprox. S/ 1000.00 soles mensuales mas un extra (que puede ser en navidad), por tanto al año sería S/ 12000 soles + S/ 500 de extra, total S/12500.00 por ingresos de 4ta;…{SunatiN}
  • NO me proyecto trabajar en planilla (dependiente), por tanto renta de 5ta será «0» (tener en cuenta que solo es una proyección, no significa que no pueda trabajar en planilla, si en próximos meses me ofertan un buen puesto de trabajo en planilla, puedo aceptar con normalidad).{SunatiN}

2017_suspension_1609_05

SunatiN

FINALMENTE Procesada la información, obtendrá el resultado de inmediato y podrá imprimir su «Constancia de Autorización».{SunatiN}

Para ser procedente tiene que mostrar «AUTORIZADO».{SunatiN}

2017_suspension_1609_06

(( SunatiN ))

IMPORTANTE: LA SUSPENSIÓN SURGE EFECTO AL DÍA SIGUIENTE, Es decir si necesito emitir mi RxH (mayor a 1500), debo realizarlo al día siguiente para que que no me retengan (si el RxH es menor a 1500, con o sin suspensión, no se retiene).{SunatiN}

(( SunatiN ))
(( SunatiN ))

😀 { SunatiN } 🙂

(( SunatiN ))
(( SunatiN ))
(( SunatiN ))

«SOLO AQUELLOS QUE SE ATREVEN A TENER GRANDES FRACASOS, TERMINAN CONSIGUIENDO GRANDES ÉXITOS.»
Robert F. Kennedy

(( SunatiN ))
(( SunatiN ))
(( SunatiN ))
(( SunatiN ))

38 comentarios sobre “SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE RETENCIONES – FORMULARIO VIRTUAL N° 1609

  1. hola por error consigne en el formulario renta de cuarta 36000 y renta de quinta 36000
    y cuando le doy aceptar me sale el siguientes mensaje RENTA DE 4TA CATEGORIA NO AUTORIZADO Y QUE SEGUN SUNAT NO LE ES APLICABLE LA SUSPENSION DE RETENCION DE RENTA DE CUARTA
    ESTO A QUE SE DEBE SI PARA EL AÑO 2019 EL TOPE ES DE S/ 36,750
    ES NORMAL QUE DIGA NO AUTORIZADA
    YO SE QUE IGUAL ME VAN A RETENER SI ES QUE ME PASO, PERO MI CONSULTA ES SI EFECTIVAMENTE SI HIZO LA SUSPENSION DE RETENCION DE CUARTA

    Me gusta

    1. Buen día, para el tope SUNAT considera la suma de cuarta + quinta, en su caso (que coloco por error) sumaria 72000, el cual supera por mucho el tope, ese sería el motivo (que si sería normal) para que le muestre «No Autorizado».
      NO se hizo la suspensión, debido a que SUNAT le denegó por los montos indicados, si considera que no superará el monto, entonces puede volver a solicitar la suspensión (ya con los montos correctos), solo cuando le muestra «AUTORIZADO» es que ya contara la suspensión ( y recordar que aplicara desde el día siguiente). saludos

      Me gusta

  2. Buenas, yo he girado recibo por honorarios fisi o y hace poco virtual en ninguno de ellos supero los 1500, ahora recien voy a percibir yn onto mayor, en la donde dice fecha en que comienza a percibir renta por 4ta categoria tengo que poner desde el primer recibo fisico que emiti asi no haya superado los 1500?. Un ejemplo 2014 que fue el primer recibo que emiti?

    Me gusta

  3. AL SOLICITAR LA SUSPENSION DE 4TA PUSE POR EQUIVOCACION EL MONTO DE 3000 PERO ESTA PROYECTADO A PERCIBIR 12000 COMO SE PUEDE SUBSANAR Y SI VOY tener problemas en el futuro GRACIAS

    Me gusta

    1. Buen día, no tendrías problema, puedes utilizar esa suspensión, en ambos casos (3 y 12 mil) no pasas el limite establecido por SUNAT.
      FUENTE SUNAT: «Tienes derecho a solicitar esta suspensión si proyectas en el año no superar los ingresos por S/ 36 313,00. Este importe es válido para el ejercicio 2018»
      saludos

      Me gusta

  4. Buenas tardes una consulta
    si en enero y febrero he emitido algunos rxh que no pasan de 4 por mes y montos pequeños de 700 aprox, ahora puedo solicitar mi constancia de suspension de retencion o ya no?
    Yo tengo pocos pacientes asi que lo mas seguro es que no pase el limite de lejos, como haria y cual es el procedimiento, gracias de antemano

    Me gusta

      1. Buen día, para NO DOMICILIADOS, SUNAT indica lo siguiente: Si prestas tus servicios de manera independiente a una empresa, será la empresa (usuaria de tu servicio), quien en su condición de domiciliada te retendrá el impuesto a la renta con carácter definitivo.
        La retención es del 30% sobre la renta neta (es decir deduciendo el 20% del ingreso del no domiciliado), lo que representa una tasa efectiva del 24% sobre el monto que se le pague al no domiciliado.
        El usuario de los servicios (empresa contratante), realizará la declaración y pago mediante su PDT de Planilla Electrónica – PLAME.

        Me gusta

  5. Consulta, en casa tengo trabajando una nana por recibo por honorarios por 1600 soles, soy persona natural, debo solicitar la suspensión de retenciones?

    Me gusta

    1. Buen día, todo recibo mayor a 1500 está afecto a la retención del 8%, si es único ingreso de la trabajadora (nana), si sería necesario que tenga la solicitud de suspensión aprobada (Form. 1609) y usted tener un sustento (impreso o digital) de dicha solicitud.

      Me gusta

      1. Por error genere 4 suspensiones de cuarta categoría en el mismo dia como puedo anularlo ya que solo nececito uno

        Me gusta

      2. Buen día, tiene que utilizar el último generado, no hay procedimiento manual para anular, en la practica, la emisión de nueva suspensión automáticamente anularía la anterior (del mismo ejercicio). saludos.

        Me gusta

    1. La acción para solicitar o efectuar la compensación, o para solicitar la devolución prescribe a los cuatro (4) años.
      El plazo de prescripción se computa desde el uno (1) de enero siguiente a la fecha en que nace el crédito por tributos cuya devolución se tiene derecho a solicitar, tratándose de las sumas originadas por conceptos distintos a los artículo 43º del Código Tributario.
      Base legal: Artículos 43 y 44 del Código Tributario.

      Me gusta

  6. BUENOS DIAS, AYER REALICE LA SUSPENSION DE IMPUESTO DE 4TA CATEGORIA, Y A LA VEZ EMITI EL RECIBO POR HONORARIOS, ME INDICARON EN LA SUNAT QUE ESTO SE PODIA REALIZAR, POR QUE LO QUE INTERESABA ERA QUE EL PAGO NO SE REALIZARA EL MISMO DIA DEL TRAMITE DE LA SUSPENSION, NO NECESARIAMENTE ASI LA EMISION DEL RECIBO, PODRA CONFIRMARME LO QUE ME INDICARON? MUCHAS GRACIAS ANTICIPADAMENTE

    Me gusta

    1. Buen día, probablemente no, dependerá si SUNAT realiza alguna fiscalización antes que regularices la renta anual, ahora tener en cuenta que si emites el RHE a una empresa del régimen general, este, esta obligado a retenerte, si no lo hace, la empresa podría tener problemas.

      Me gusta

  7. yo emito mis RXH y no llego al tope pero a partir de Junio 2017 tengo otro trabajo y voy a estar en planilla y tambien por RXH pero proyectándome hasta diciembre no llego a los 35,438 puedo pedir la suspensión de las retenciones del IR.

    Me gusta

    1. Buen día, la suspensión puedes realizar en cualquier momento, solo debes tener en cuenta que tiene que ser un día anterior al RxH que quieres afectar y que la misma suspensión te sirve hasta el ultimo ultimo día del año.
      Como recomendación solicitar al inicio de año (recordar que dura hasta 31 dic.)
      saludos

      Me gusta

    1. Buen día, «la suspensión tiene vigencia desde el día calendario siguiente del otorgamiento de la constancia de aprobación hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.»
      Si tienes tu constancia de suspensión solicitada HOY, a partir de mañana puedes emitir recibos por honorarios indicando que no te retengan.
      saludos

      Me gusta

  8. Buenos días, yo he emitido RHE hace varios años de manera aleatoria cuando he realizado algún servicio extra (no como parte de mi salario de manera continua) y no he puesto la retención del 8%. Esta vez voy a emitir mi recibo de la misma manera pero el cliente me pide realizar el formulario 1609 debo poner en las fechas solo lo acorde con este recibo o desde que emito recibos hacer varios años no quiero poner algo que malogre mis otros recibos y esta sea una declaración que abarque todos mis movimientos. Gracias

    Me gusta

    1. Buen día,
      Debes poner la fecha desde que emites hace varios años.
      No afecta a tus RHE ya emitidos, la fecha que solicita solo es para que el sistema pueda determinar si solicita tus últimos ingresos o no, y en base a ello autorizar tu suspensión.
      Saludos.

      Me gusta

    1. Buen día,
      La fecha es referencial, en todo caso, en la pagina de SUNAT existe la opción consulta RUC, ahí puedes ver la fecha de inscripción, podrías utilizar esa fecha también.
      saludos.

      Me gusta

  9. Buen día, en la emision de RHE a una persona natural el formato electrónico automáticamente pone en cero el IGV. Ahora el cliente me solicita el formato de suspensión de 4ta categoría.
    En todos los demás casos en los que he emitido RHE he consignado IGV.

    Me gusta

    1. Buen día, el formato de un Recibo por Honorario no lleva IGV, solo lleva total, retención(8%) y total neto.
      OBS: IGV lleva las facturas y en caso de las Boletas de Venta Electrónicas desde SOL también muestra el IGV.

      Me gusta

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.